Cuando un particular vende un inmueble, el comprador debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En algunas comunidades autónomas este impuesto es del 10% del valor de la finca.

No obstante, en caso de que usted vaya a adquirir un inmueble, debe tener en cuentas que en ciertos casos puede beneficiarse de pagar un ITP reducido. Aquí le ponemos tres ejemplos:

  • La vivienda la compra una familia numerosa, jóvenes o personas con discapacidad. En muchas comunidades autónomas la compra de la vivienda habitual por parte de familias numerosas, jóvenes o personas con discapacidad tributa por un tipo de ITP inferior.
  • La vivienda la compra una empresa para su reventa. En otros casos se aplica un ITP reducido si la vivienda la compra (para su reventa) una empresa cuya actividad principal es la compraventa de inmuebles.
  • El inmueble se destina a una actividad económica.

Por tanto, antes de comprar un inmueble vea si cumple los requisitos para beneficiarse de alguna de estas reducciones. Recuerde que, si realizó una adquisición en los últimos 4 años que podía haberse beneficiado de un tipo reducido, pero no lo aplicó, está a tiempo de solicitar la devolución de la diferencia.

Por último, tenga en cuenta que muchas comunidades aplican tipos de ITP inferiores en determinadas compras de inmuebles. Tenga esto en cuenta a la hora de realizar una futura inversión.

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