Una de las preguntas más frecuentes que se hacen las PYMES en el mes de febrero es qué ocurre si los importes que la empresa incluye en el modelo 347 no coinciden con los aportados por sus clientes y proveedores.
Muchas empresas contactan con sus clientes y proveedores para verificar los datos relativos al modelo 347. Con bastante frecuencia las operaciones cercanas al final del año son imputadas en periodos distintos por los clientes y los proveedores del servicio o producto.
En la mayor parte de los casos estas diferencias están justificadas. Esto es muy sencillo de ver. Pongamos que el proveedor del servicio realiza la venta a finales de diciembre de 2015. De esta forma el proveedor deberá incluir esta venta en el cuarto trimestre del modelo 347 de 2015. Por otro lado el cliente del servicio recibe la factura a principios de enero de 2016. Por tanto, el cliente incluirá esta factura en el primer trimestre del modelo 347 de 2016.
En caso de que Hacienda pida alguna justificación para explicar estas diferencias, bastará con aclarar esta circunstancia.
¿Dónde está el peligro?
El peligro aparece cuando es el proveedor el que declara la factura en un trimestre posterior a aquel en el que la ha declarado el cliente. Este descuadre indicaría que el proveedor está posponiendo el ingreso del IVA a un trimestre posterior a aquel en el que el impuesto se ha devengado.
Aún habiendo ingresado el IVA en el trimestre posterior, Hacienda podría sancionar a la empresa con un 50% del importe que no se ingresó el mes anterior.