El modelo 720 está en el punto de mira de la UE. En el cuarto trimestre de 2014, Bruselas abrió un expediente a España por el régimen sancionador desproporcionado del modelo y su imprescriptibilidad, los cuales no guardan analogía alguna con ningún impuesto español o de otros países europeos.
Según el modelo 720, todos aquellos contribuyentes que posean bienes o derechos en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros están obligados a declararlos al fisco de forma “informativa”. Según Hacienda, 131.411 contribuyentes presentaron dicha declaración en 2012.
Tras estudiar dicho expediente, la Comisión Europea ha reclamado a las autoridades españolas la eliminación de esta obligación informativa o un cambio que limite su alcance para que sea compatible con el derecho comunitario.
Demandas ante el comité de peticiones
Una de las principales demandas presentadas en 2014 ante el comité de peticiones fue realizada por un ciudadano de nacionalidad británica acompañado de 750 firmas. Según esta demanda, el formato de notificación establecido por la Agencia Tributaria contiene los siguientes fallos:
- El modelo viola el principio de no discriminación, ya que no reconoce diferentes tipos de riqueza.
- Las empresas de servicios financieros encargadas de recibir la información no pueden proteger adecuadamente los datos frente a quienes cometen infracciones en Internet.
- Las sanciones por errores menores son desproporcionadas.
- La nueva legislación viola el derecho a la privacidad y a la libre circulación de personas y capitales.
La demanda señala que los esfuerzos para impedir e identificar los abusos fiscales son “necesarios y bienvenidos”, pero que la Agencia Tributaria debe partir de la directiva sobre el ahorro, y de otros instrumentos internacionales para el intercambio de información.
Entre las demandas presentadas ante la UE relativas al modelo 720 se encuentran las realizadas por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), el abogado Alejandro del Campo y la Defensora del Pueblo.
Según la Comisión Europea la obligatoriedad de declarar bienes en el extranjero, “infringe el derecho comunitario” en su régimen sancionador, lo considera desproporcionado y tiene “la intención de proponer la incoación de un procedimiento de infracción al respecto”.
Respuesta de Bruselas
La declaración de Bruselas (EU Pilot 5652/13/TAXU) considera todos los puntos cuestionados por los denunciantes y concluye que el modelo 720 infringe el derecho comunitario en dos de aspectos: el régimen sancionador y la imprescriptibilidad.
Según la Comisión Europea estas sanciones podrían resultar desproporcionadas en comparación con otras internas (como las sanciones relacionadas con la declaración del IRPF). La sanción por declaración fuera de plazo del modelo 720 se sanciona con 100 euros por cada dato o conjunto de datos con un mínimo de 1.500 euros.
Bruselas considera que al impedirse la prescripción de los bienes incluidos en el modelo 720 se infringe la jurisprudencia comunitaria en tanto que ésta sólo justifica un mayor plazo de prescripción para “la lucha contra el fraude fiscal cuando resulta proporcionado y la Administración Tributaria no tiene indicios de la existencia de los bienes en el extranjero”. Por tanto, si la Administración Tributaria ya tiene pruebas de la existencia de bienes y derechos en el extranjero a través de otras fuentes de información (sobre todo en países miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo), la imprescriptibilidad aplicada en el modelo 720 es incompatible con el derecho comunitario.
Respecto a las sanciones y a la imprescriptibilidad del modelo, la Comisión Europea pretende “proponer la incoación de un procedimiento de infracción”. De esta forma, estaría excluyendo de la posible infracción de la legislación comunitaria las ganancias de patrimonio no justificadas imputables a la falta de declaración o la declaración fuera de plazo de los bienes y derechos situados en países ajenos a la UE o el EEE, como Suiza o Andorra.
A su vez, la Comisión Europea ha desestimado otros aspectos cuestionados por los denunciantes como los referentes a la libre circulación de personas y capitales; la protección de datos; el que la norma, que afecta a numerosos extranjeros, sólo esté disponible en español; el plazo, y que sea telemática.
Efecto sobre el fisco español: disminución de la recaudación
El expediente abierto por la UE puede suponer un gran problema para el fisco español. Hasta ahora, 108.615 millones de euros han sido declarados a través del modelo 720 de los cuales Hacienda pretendía recaudar una suma importante a través del régimen sancionador denunciado. La Agencia Tributaria está investigando a 7.013 contribuyentes que o bien no han presentado la declaración; o lo hicieron en 2014 cuando deberían haberlo hecho en 2013 o lo hicieron de forma incompleta.
Las multas a las que se enfrentan los contribuyentes investigados son de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos o inexactos, con un mínimo de 10.000 euros. Además, sus bienes y cuentas serán considerados como ganancia de patrimonio no justificada en el IRPF o como renta no declarada en el IS, los cuales han de imputarse al período impositivo más antiguo entre los no prescritos susceptibles de regularización, con sanción adicional del 150% calculada sobre la cuota resultante.
Las medidas de Bruselas pueden disminuir de forma notoria la recaudación prevista por Hacienda con la creación del modelo 720.