by Manuel G. Jódar | Dec 20, 2016 | Fiscal |
Si usted tiene un inmueble alquilado y el inquilino deja de pagarle porque es moroso, deberá seguir declarando las rentas no cobradas en su IRPF y, cuando transcurran seis meses, deducirse un gasto por “saldos de dudoso cobro”. En caso de cobrar más adelante, deberá...