Con efectos 1-10-2019 se introducen modificaciones en la normativa que regula el documento único administrativo.

Con efectos 1-10-2019, salvo lo previsto para el capítulo 6º apartado 6.3.3. y el capítulo 5 bis que entran en vigor el 1-6-2020, se modifica la resolución que recoge las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).

La modificación recoge los cambios introducidos en la operativa tanto por la normativa europea como la nacional. De estos destacamos:

  1. Adaptación de la declaración de vinculación a depósito aduanero, a los nuevos mensajes previstos en el CAU.
  2. Se prevé la presentación de una declaración complementaria recapitulativa que englobe varias declaraciones simplificadas, en una única aduana.
  3. Se actualizan las instrucciones preliminares para la presentación de las declaraciones contenidas en Dpto. Aduanas e IIEE Resol 11-7-14 capítulo 1.º .
  4. Se revisa el concepto de salida indirecta en las exportaciones.
  5. Se actualiza el sistema de garantías para avalar el pago de la deuda aduanera.
  6. Se incorporan mejoras técnicas y actualizaciones de códigos.
    Con efectos 15-1-2021, queda sin efectos Resol Dpto. Aduanas e IIEE 11-7-14 capítulo 5 .

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