Los cambios más reseñables se aplicarán en el IRPF, el IVA reducido de ciertos productos se incrementará y la polémica tributación de la indemnización por despido se eliminará de las rentas bajas.

El gobierno estima que entre 2015 y 2016 la reforma fiscal devolverá 9.000 millones de euros a los contribuyentes.

Estas son las principales novedades de la reforma fiscal aprobada por el gobierno:

  • Rebaja de tipos y tramos del IRPF: es el punto principal de la reforma fiscal. Los tramos pasarán de siete a cinco, el mínimo se situará en el 20% en 2015 y en el 19% para 2016, mientras que el máximo cae hasta el 47% para 2015 y al 45% para 2016. El gobierno ha estimado que el contribuyente obtendrá una rebaja media de 12.5 puntos. Además, las nóminas de menos de 12.000 euros brutos anuales no pagarán impuestos en el IRPF; esta medida afectará a unos 1,6 millones de contribuyentes. El objetivo del ejecutivo es que 20 millones de contribuyentes cuenten con una mayor renta disponible a partir de 2015.
  • Planes de pensiones: se limitan a 8.000 euros anuales las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF, frente a los 10.000 euros que se permitía hasta ahora. Será una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del contribuyente como sucede ahora.
  • Dividendos: se elimina la exención de tributación de dividendos hasta 1.500 euros existente hasta ahora. A partir de ahora tributan desde el primer euro.
  • Indemnización por despido: la indemnización por despido pasa a pagar IRPF, según la siguiente escala:

tabla

Se incluye una complementación en las indemnizaciones por despido. Para introducir equidad en el tratamiento: se introduce un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado y a partir de ahí se empieza a tributar.

Hasta ahora todas las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100%, pero las nuevas condiciones afectan ya a los despidos que se hayan producido a partir del 20 de junio, fecha en la que el Consejo de Ministros estudió el informe sobre el anteproyecto de reforma fiscal.

Concretamente, la nueva exención establece que los trabajadores que hayan sido despedidos de forma improcedente tributan a partir de los 2.000 euros por año trabajado, con lo que la primera cantidad «está exenta» de pago del IRPF.

Cuando las indemnizaciones por despidos se correspondan con niveles de salario anual superior a los 20.000 euros los niveles de tributación van aumentando.

  • Ahorro: se crea un nuevo producto financiero que se denomina ‘ahorro 5’ con exenciones fiscales en inversiones de hasta 5.000 euros anuales y un periodo de 2 años. La nueva tarifa de tributación del ahorro consta de tres tramos: el primero, hasta seis mil euros, bajará su tributación del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016; desde 6.000 hasta 50.000 euros, el tipo bajará hasta el 22% en 2015 y al 21% en 2016; a partir de 50.000 euros, el tipo de gravamen se situará en el 24% en 2015, y en el 23%, en 2016. Además, los mayores de 65 años no pagarán impuestos por las plusvalías de las acciones, pisos y demás activos siempre que ayuden a completar la pensión. El texto del gobierno sostiene que la medida pretende «eximir de tributación la renta obtenida por transmitir cualquier elemento patrimonial, sea mueble o inmueble (segunda y sucesivas viviendas y otros), siempre que el importe obtenido, con el límite máximo de 240.000 euros, se reinvierta en la constitución de rentas vitalicias que complementen la pensión».
  • Rebaja de la retención a autónomos: para los autónomos se rebajarán las retenciones del 21% al 20% en 2015 y al 19% en 2016, y fijará un gravamen menor para los que tengan menos renta. Además, el tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 15.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%. De igual forma, se mantiene el tipo de gravamen reducido del 15% para empresas de nueva creación  Tal y como indica la reforma aprobada por el consejo de ministros, la medida introduce una simplificación del régimen de estimación objetiva (módulos). De esta forma, se rebaja el umbral de exclusión, de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 euros de gastos. Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas. No obstante, quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1% como las de fabricación y construcción, mientras que permanecerán en módulos actividades como la restauración, servicio de taxi, agricultura y ganadería.
  • Vivienda: el Gobierno ha eliminado la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda para los nuevos contratos que se firmen a partir de 2015. De esta forma, el Gobierno en esta legislatura ha suprimido tanto la deducción por compra de vivienda para las adquisiciones posteriores desde el 1 de enero de 2013, como la deducción por alquiler, que quedará suprimida para los nuevos contratos que se suscriban a partir de 2015. La reforma también reduce los beneficios fiscales de aquellos propietarios que ponen en alquiler una vivienda. Concretamente, la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas a partir del 1 de enero de 2015 pasa del 60% al 50%. Además, se elimina la exención total (del 100%) que se aplica en el caso de que los inquilinos sean menores de 30 años desde esa misma fecha.
  • IVA:en un periodo previo a las elecciones (2015) sería una locura que el gobierno subiera los impuestos y así se pudo ver en el anteproyecto de reforma fiscal con lo que no pasaremos del 21% de IVA actual. Eso sí, muchos productos sujetos a un IVA reducido –entre ellos sanitarios, y de la cesta de la compra como carne o pescado- pasarán del 10 al 21%.
  • Impuesto de sociedades:en principio en su documento final el gobierno mantendrá una rebaja del tipo nominal de este gravamen del 30% al 28% para 2015 y al 25% para 2016. Se introducirán deducciones e incentivos para que la tributación de las pymes se quede en el 20% (si no se aplican las reservas de capitalización y nivelación previstas el tipo se quedará en el 25%) y la de los emprendedores se mantiene en el 15%. Además, la base imponible se amplía para acercar el tipo efectivo al nominal. se mantienen las deducciones relacionadas con la I+D+I y se crea una nueva reserva de capitalización.
  • I+D: las empresas que inviertan en I+D más del 10% de sus ingresos netos contables ampliarán el porcentaje de deducción al 50%.
  • Cine y Teatro: aumentan las deducciones del cine y el teatro y se creará una nueva figura para atraer producciones extranjeras, que partirá de un mínimo de inversión en España. Se eleva el umbral de beneficio fiscal para las producciones más pequeñas y se mantiene para el resto. El impuesto de Sociedades para producciones cinematográficas será del 20% para el primer millón de euros y del 18% para el resto, mientras que se fija una deducción del 15% de los gastos de producciones extranjeras en territorio español.

 

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