La amnistía fiscal fue una medida aprobada por el Gobierno por la cual los defraudadores de impuestos pudieron regularizar su situación pagando un 3% de media sobre los bienes y derechos declarados (el tipo general aplicado fue del 10%).

¿Cuánto recaudó el Gobierno?

Se declararon 40.000 millones de euros de los que el gobierno recaudó 1.200 millones, o lo que es lo mismo el 3% de la cantidad declarada.

¿Por qué se recaudó un 3% en vez del 10%?

El gobierno decidió relajar las condiciones de la amnistía previendo con ello un incremento considerable de la recaudación directa y a sí mismo un conocimiento de bienes y derechos hasta ahora escondidos para el fisco  que han pasado a tributar de forma ordinaria, incrementando con ello los ingresos del estado.

¿Quiénes se acogieron a la amnistía fiscal?

31.529 contribuyentes se acogieron a la amnistía fiscal, mayoritariamente personas que regularizaron su situación respecto al IRPF y el impuesto sobre el patrimonio. También se acogieron a la amnistía 618 empresas que regularizaron su situación con Hacienda respecto al impuesto de sociedades.

¿Se conocerá a quiénes se han acogido a la amnistía?

No. El artículo 7 de la orden de Hacienda establece que «los datos relativos a la declaración tributaria especial obtenidos por la Administración tributaria tienen carácter reservado«.

¿Qué bienes y derechos se podían declarar?

Todos. Según la norma, podía “ser objeto declaración tributaria especial cualquier bien o derecho cuya titularidad se corresponda con rentas no declaradas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes». En concreto, el modelo 750 de declaración tributaria especial contemplaba siete partidas:

  1. Bienes inmuebles.
  2. Bienes y derechos afectos a actividades económicas, excepto inmuebles.
  3. Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, cuentas financieras y otros tipos de imposiciones en cuentas.
  4. Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
  5. Valores representativos de la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  6. Efectivo.
  7. Restantes bienes y derechos.

¿Quiénes están siendo investigados por el SEPBLANC?

El SEPBLAC está investigando 705 casos correspondientes a declarantes sospechosos de utilizar la amnistía fiscal para blanquear dinero procedente de delitos que van más allá del delito fiscal. Esto quiere decir que la investigación a Rato se debe a motivos distintos del delito fiscal o que guardan relación con rentas no incluidas en la amnistía.

¿Los contribuyentes acogidos a la amnistía pueden ser procesados por delito fiscal?

No. Precisamente, la amnistía supuso que aquellos contribuyentes que hubieran cometido un delito fiscal (fraude de más de 120.000€ por impuesto y ejercicio) y se acogieran a la misma, quedarían exonerados de responsabilidades penales.

¿Los contribuyentes acogidos a la amnistía pueden ser procesados por blanqueo de capitales?

Sólo en el caso de que el delito previo del contribuyente acogido a la amnistía fuera distinto del delito fiscal.

En resumen

Los contribuyentes investigados son sospechosos de haber utilizado la amnistía para blanquear dinero procedente de actividades delictivas que van más allá del delito fiscal. En otras palabras, se sospecha que el origen del patrimonio de estas personas procede de actividades ilegales.

Rato podría estar investigado, por ejemplo, por delitos de cohecho, sobornos o tráfico de influencias.

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